Introducción
Ya recogimos en un artículo anterior cuáles son los ámbitos de investigación, según el art. 48.1 de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. También explicamos lo que el investigador privado puede averiguar en el ámbito familiar y personal. Así pues, hoy nos proponemos exponer lo que puede realizar el detective privado en el ámbito laboral. Para ello, tomaremos como referencia nuevamente el libro Investigación privada. Teoría y práctica (2020) de David M. Blanco, a cuya lectura invitamos.
¿Para qué sirve el detective privado en el ámbito laboral?
Es importante tener claro que «la investigación laboral es aquella destinada a resolver conflictos generados en la relación empleado-empleador» (Blanco, 2020, p. 46). Ello no significa que el detective privado investiga únicamente a los empleados a solicitud del patrón, sino que también investiga a los empleadores a instancia del trabajador. Es decir, el detective puede servir tanto al empleador como al empleado.
Servicios al empleador
- Realizar informes prelaborales: investigar la trayectoria profesional del candidato —especialmente a un cargo de alta responsabilidad— y sus posibles vínculos con la competencia, para así evitar poner en riesgo a la empresa.
- Obtener pruebas para demostrar alguno de los motivos de un despido disciplinario del empleado, según el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores:
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo: esto se suele dar sobre todo en entornos no controlados —ni por otras personas ni por medios electrónicos— y donde el trabajador cuenta con un alto grado de autonomía.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo: por ejemplo, cuando el trabajador no toma las medidas de prevención exigidas por la empresa, poniendo en riesgo tanto su persona como el buen funcionamiento y prestigio de la empresa.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
- La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo:
- Extralimitarse en las funciones asignadas.
- Apropiarse indebidamente de los bienes de la empresa (hurtar).
- Realizar un uso no autorizado de medios y herramientas de la empresa.
- Utilizar indebidamente los dispositivos móviles.
- Coaccionar a la empresa o a otros trabajadores.
- Incurrir en competencia desleal.
- Engañar de forma reiterada.
- Ser negligente en el trabajo.
- Sacar de la empresa información sobre la misma.
- Simular situaciones de incapacidad laboral (por ejemplo, la baja fingida).
- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
- La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Servicios al empleado
- Obtener pruebas sobre abusos, mobbing, explotación u otro tipo de irregularidades que afecten de manera directa y negativa al empleado en su trabajo.
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